Propiedad intelectual para recuperar el aprendizaje y la autonomía después de los terremotos

Educación, rehabilitación y tecnologías adaptables para la reconstrucción de Venezuela

Por: ©️ Astrid Uzcátegui Angulo - Agosto 03, 2026

Reconstruir un país después de un terremoto no consiste únicamente en levantar de nuevo las viviendas, restablecer el agua o retirar los escombros. También significa crear las condiciones para que los niños regresen a la escuela, las personas lesionadas recuperen su movilidad y quienes perdieron dispositivos de apoyo puedan volver a comunicarse, desplazarse y participar en la vida de sus comunidades.

En los artículos anteriores de esta serie he examinado cómo la información tecnológica contenida en las patentes y en otras fuentes puede contribuir a identificar soluciones para la vivienda sismorresistente, la recuperación del agua y el saneamiento y la gestión responsable de los escombros. Este cuarto artículo dirige la mirada hacia una dimensión diferente, pero inseparable de las anteriores: la recuperación del aprendizaje y de la autonomía personal.

La propiedad intelectual no sustituye a los educadores, médicos, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, ingenieros ni comunidades. Tampoco convierte automáticamente una invención localizada en una solución disponible. Su contribución consiste en ayudar a conocer qué tecnologías existen, quiénes las desarrollaron, cuál es su situación jurídica, qué autorizaciones se requieren, qué conocimientos adicionales deben transferirse y bajo qué condiciones podrían adaptarse de manera segura a las necesidades venezolanas.

Las experiencias de México, Japón y Nepal permiten observar cómo otros países afectados por grandes terremotos han afrontado la continuidad educativa y la rehabilitación. A ellas se suma una iniciativa surgida específicamente como respuesta a los terremotos venezolanos: Bracing Venezuela. Estos casos no ofrecen modelos que puedan copiarse sin más. Permiten, en cambio, identificar soluciones, advertir sus límites y formular preguntas que Venezuela necesita responder.

Volver a la escuela también forma parte de la reconstrucción

Después de un desastre, la interrupción de la educación puede prolongarse incluso cuando ha terminado la fase más inmediata de la emergencia. Algunas escuelas quedan destruidas o deben cerrarse por razones de seguridad; otras se convierten en refugios temporales. Las familias son desplazadas, los docentes también han sufrido pérdidas y muchos niños carecen de materiales, electricidad, conectividad o medios para trasladarse.

La experiencia de México después de los terremotos de septiembre de 2017 muestra la importancia de actuar tempranamente. UNICEF informó que más de 20.000 niños y niñas de los estados afectados pudieron regresar a clases pocas semanas después gracias a la instalación de espacios temporales de aprendizaje. La misma experiencia, sin embargo, reveló dificultades: algunos espacios tenían capacidad insuficiente, resultaban incómodos o permitían una asistencia limitada.[1]

La enseñanza no consiste simplemente en disponer de carpas o estructuras prefabricadas. Un espacio temporal de aprendizaje debe ser seguro y accesible, proteger frente al clima, contar con iluminación, agua, saneamiento y mobiliario adecuado y permitir que los niños con discapacidad participen en igualdad de condiciones. La palabra «temporal» no puede convertirse en una justificación para ofrecer entornos precarios que se prolonguen indefinidamente.

Japón ofrece otra lección. Después del Gran Terremoto del Este de Japón de 2011, numerosas escuelas funcionaron como centros de evacuación para las comunidades afectadas. Esa utilización cumplió una función esencial, pero también produjo tensiones con la continuidad de las clases. La experiencia mostró que las escuelas ubicadas en zonas de riesgo deben prepararse para desempeñar ambas funciones: servir como infraestructura comunitaria durante la emergencia y recuperar cuanto antes su actividad educativa.[2]

Por su parte, después del terremoto de Nepal de 2015, miles de estudiantes continuaron sus estudios en refugios provisionales mientras se reconstruían los planteles. La experiencia confirmó que la recuperación educativa no termina con la edificación de nuevas escuelas: requiere mobiliario, materiales, instalaciones sanitarias, accesibilidad y planificación para evitar que las obras interrumpan nuevamente el aprendizaje. Los proyectos posteriores de reconstrucción incorporaron criterios de seguridad sísmica, gestión del riesgo y atención a las necesidades de estudiantes con discapacidad.[3]

Materiales que puedan reproducirse y adaptarse

Estas experiencias plantean una pregunta vinculada directamente con la propiedad intelectual: ¿qué materiales educativos pueden reproducirse y adaptarse rápidamente cuando los libros, cuadernos y recursos escolares han desaparecido?

El derecho de autor protege los materiales educativos, pero también permite organizar mecanismos para facilitar su utilización. Los recursos educativos abiertos son materiales que se encuentran en el dominio público o han sido difundidos mediante licencias abiertas que autorizan su acceso, reutilización, adaptación y redistribución. Estas licencias pueden permitir que un contenido sea impreso localmente, traducido, simplificado, transformado en audio, adaptado para niños con discapacidad o utilizado sin conexión estable, siempre dentro de las condiciones establecidas por sus titulares.[4]

Sin embargo, la expresión «licencia abierta» no basta para determinar qué puede hacerse. Debe comprobarse si permite modificar y redistribuir el material, si admite usos comerciales y si obliga a compartir las adaptaciones bajo las mismas condiciones. Una cláusula que prohíba obras derivadas impediría adaptar el recurso; una restricción no comercial podría generar dudas si interviene un proveedor remunerado. Además, una licencia de derecho de autor no concede automáticamente derechos sobre patentes, marcas, datos personales o información confidencial.[5]

En una emergencia tampoco basta con ofrecer enlaces a plataformas digitales. Los recursos deben responder a la edad de los estudiantes, al currículo, al idioma, a las condiciones culturales y a la disponibilidad real de dispositivos, energía y conectividad. También deben existir procedimientos de selección y revisión que garanticen su calidad.

La propiedad intelectual puede contribuir a determinar qué materiales pueden reproducirse sin autorización, cuáles disponen de licencias abiertas y respecto de cuáles sería necesario solicitar permisos. De este modo, el derecho de autor deja de verse únicamente como una restricción y se convierte también en una herramienta para organizar la circulación responsable del conocimiento.

Para Venezuela, esta experiencia podría traducirse en un repositorio de continuidad educativa para situaciones de emergencia. No se trataría de acumular archivos, sino de seleccionar materiales previamente verificados, clasificarlos por edad y materia, identificar las licencias aplicables y preparar versiones que puedan imprimirse o utilizarse sin conexión. Ese repositorio debería incluir recursos accesibles para niños con discapacidad visual, auditiva, motora o cognitiva y permitir su adaptación por docentes venezolanos.

Recuperar la movilidad y la autonomía desde la atención inicial

Los terremotos también producen fracturas, lesiones medulares, amputaciones y otras afectaciones que pueden requerir rehabilitación y ayudas técnicas. A ello se suma la situación de las personas que ya vivían con alguna discapacidad y pierden sus sillas de ruedas, órtesis, audífonos, bastones u otros dispositivos durante el desastre.

La rehabilitación no debería comenzar cuando termina la emergencia. La experiencia de Nepal en 2015 demostró la necesidad de incorporarla desde las primeras etapas de la atención sanitaria. La preparación previa y la existencia de equipos de rehabilitación y productos de apoyo facilitaron una respuesta más temprana, mientras que la coordinación especializada permitió identificar las necesidades de las personas lesionadas y reducir el riesgo de complicaciones y discapacidades evitables.[6]

Una ayuda técnica no es simplemente un objeto que se entrega. Su provisión comprende la evaluación de la persona, la selección del dispositivo, su adaptación, la formación para utilizarlo, el mantenimiento, las reparaciones y el seguimiento. En el caso de los niños, estas exigencias son todavía mayores, porque crecen, cambian de peso y actividad y necesitan revisiones y sustituciones periódicas. Un dispositivo diseñado para un adulto no se transforma en una solución pediátrica por el solo hecho de reducir sus dimensiones.[7]

El informe mundial sobre tecnología de asistencia elaborado por la Organización Mundial de la Salud y UNICEF insiste en que el acceso efectivo depende de un sistema de servicios, personal capacitado, productos adecuados y políticas que garanticen continuidad. La disponibilidad de un diseño o de una impresora no sustituye esa cadena de atención.[8]

Esta precisión es importante cuando se examinan las posibilidades de la fabricación digital. La impresión 3D puede reducir tiempos, facilitar la producción descentralizada y permitir determinadas adaptaciones. También puede hacer posible que una pieza se fabrique cerca de quien la necesita. Sin embargo, sus resultados dependen de la calidad del diseño, los materiales empleados, la calibración de los equipos, el control de fabricación y la evaluación profesional.

Asimismo, debe distinguirse entre los dispositivos de inmovilización utilizados durante la atención inicial y las prótesis, órtesis o productos de apoyo destinados a la rehabilitación o al uso prolongado. Sus finalidades, riesgos y requisitos de evaluación, validación y seguimiento pueden ser diferentes. La rapidez de fabricación no elimina esas diferencias.

Bracing Venezuela: de la cooperación inmediata a la capacidad local

Una iniciativa surgida como respuesta directa a los terremotos permite observar estas posibilidades en funcionamiento. Estudiantes de la Biomedical Engineering Society de la University of Central Florida, con apoyo de la American Association of Venezuelan Engineers, pusieron en marcha Bracing Venezuela para fabricar mediante impresión 3D férulas para dedos y muñecas, collarines y otros dispositivos de inmovilización destinados a personas y animales lesionados.

La iniciativa se organizó después de que médicos que trabajaban en Venezuela identificaran los dispositivos requeridos. Para el 17 de julio de 2026, el proyecto había producido y enviado más de 350 unidades. Las férulas pequeñas se imprimen planas para facilitar su transporte y, una vez en Venezuela, los profesionales clínicos ablandan el material con agua caliente y moldean cada pieza para ajustarla al paciente. En la fabricación participan estudiantes, profesores, egresados y voluntarios con acceso a impresoras 3D.[9]

La experiencia es valiosa porque no se limita al envío de objetos terminados. Existe una cadena en la cual las necesidades se identifican en Venezuela, la fabricación se distribuye entre varios participantes, las piezas se transportan de manera compacta y el ajuste final queda en manos de profesionales clínicos.

Pero precisamente por su valor, la experiencia debe analizarse más allá de la emergencia. ¿De dónde proceden los diseños empleados? ¿Quiénes son sus titulares? ¿Se encuentran protegidos, en el dominio público o sometidos a licencias abiertas? ¿Qué permisos existen para reproducirlos y modificarlos? ¿Qué materiales se utilizan? ¿Cómo se controla la calidad? ¿Qué seguimiento reciben las personas usuarias?

Estas preguntas no ponen en duda el aporte humanitario de Bracing Venezuela. Permiten identificar qué sería necesario para que una cooperación inmediata pudiera convertirse en capacidad duradera dentro del país.

El archivo, el dispositivo y el procedimiento no son lo mismo

La impresión 3D obliga a distinguir varios objetos jurídicos. Una patente o, cuando el ordenamiento lo admita, un modelo de utilidad puede proteger una solución técnica: un mecanismo de ajuste, una articulación, una mejora funcional o un procedimiento de fabricación. El diseño industrial protege, en principio, la apariencia del producto y no su funcionamiento técnico. El derecho de autor puede alcanzar el programa informático, la documentación y, si se cumplen los requisitos del derecho aplicable, ciertos archivos digitales. Los secretos empresariales pueden recaer sobre parámetros de impresión, selección de materiales, tolerancias, calibración, acabado o datos de validación no divulgados. Finalmente, la marca identifica el origen empresarial o institucional, pero no equivale por sí sola a una certificación de seguridad o eficacia.[10]

Por eso, la protección de un archivo digital no debe darse por supuesta. Es necesario determinar qué elementos incorpora, quién es su autor o titular, qué derechos reúne y si sobre el dispositivo representado o el procedimiento de fabricación concurren además patentes, diseños industriales, marcas u otros derechos. El archivo CAD, el producto impreso y el proceso mediante el cual se fabrica no son jurídicamente la misma cosa.[11]

Si los archivos pueden utilizarse mediante una licencia, esta debería autorizar expresamente, según el proyecto, la fabricación, modificación, adaptación, reparación y redistribución. También habría que comprobar si se entregan archivos fuente editables o solamente formatos cerrados; si las actualizaciones y la documentación están incluidas; y si el licenciante posee todos los derechos que afirma conceder. En cualquiera de los casos, la autorización jurídica no sustituiría la validación clínica y técnica.

Trazabilidad, datos y responsabilidad

La fabricación distribuida exige saber qué se produjo realmente. Deben registrarse la versión exacta del archivo, quién lo modificó, la impresora y los parámetros utilizados, el lote y origen del material, la fecha de fabricación, los controles practicados y el profesional responsable del ajuste. También deben documentarse incidentes, reparaciones y sustituciones. La licencia indica qué puede hacerse; la trazabilidad permite reconstruir qué se hizo y con qué resultado.

Cuando la personalización utiliza medidas corporales, imágenes médicas o escaneos del paciente, esos datos no son simples insumos técnicos. Deben definirse las condiciones para obtenerlos, almacenarlos, transferirlos, reutilizarlos y eliminarlos, así como quién podrá emplearlos para investigación o para mejorar los diseños. Esta cuestión pertenece a la protección de datos y a la ética clínica, aunque se relacione estrechamente con la gestión tecnológica.

Encontrar una tecnología no significa poder utilizarla

Las bases de datos de patentes contienen información sobre prótesis, órtesis, sillas de ruedas, dispositivos de comunicación, herramientas de rehabilitación y numerosas tecnologías de asistencia. La OMPI ha utilizado esos datos para estudiar las tendencias de innovación en este campo y para identificar actores, áreas de desarrollo y tecnologías emergentes.[12]

Esta información puede ayudar a Venezuela a conocer el estado de la técnica, evitar la repetición de investigaciones ya realizadas, comparar alternativas y localizar posibles aliados. También puede mostrar que una tecnología determinada ya no está protegida o nunca fue patentada en el país.

No obstante, las patentes son derechos territoriales. La existencia o extinción de una patente en otro país no determina por sí sola la situación jurídica de la tecnología en Venezuela. Es necesario estudiar cada jurisdicción, comprobar la vigencia de los derechos y analizar si el producto incorpora otras patentes, diseños industriales, programas informáticos, secretos empresariales o conocimientos técnicos no divulgados. Una búsqueda informativa tampoco equivale a un dictamen definitivo de libertad de operación.

Transferir conocimiento para fabricar, adaptar y reparar

Una patente tampoco equivale a un manual completo de fabricación. Aunque el documento debe describir la invención, para convertir esa información en un producto funcional pueden ser indispensables conocimientos prácticos, protocolos de calidad, datos de ensayo y asistencia técnica. Por esa razón, una licencia tecnológica puede necesitar incluir, además de las patentes, archivos fuente, software, know-how, formación, asistencia y mecanismos de actualización.[13]

Una transferencia orientada a crear capacidad venezolana debería precisar el territorio y la duración; los derechos de fabricar, utilizar, adaptar, reparar y mejorar; la fabricación descentralizada; el acceso a materiales y proveedores alternativos; la formación; el control de calidad; la posibilidad de sublicenciar a universidades, hospitales o talleres; la continuidad del uso cuando termine la cooperación; y el régimen de las mejoras posteriores.

La reparabilidad merece un examen autónomo. No basta con que un dispositivo pueda fabricarse en Venezuela: debe saberse si puede desmontarse, si utiliza componentes normalizados, si admite repuestos de varios proveedores, si depende de herramientas o programas propietarios, si puede mantenerse sin conexión y si existen manuales de reparación. Una tecnología que solo funciona mientras el proveedor original suministra cada pieza puede resolver una necesidad inmediata y crear, al mismo tiempo, una dependencia futura.

El conocimiento que también se produzca en Venezuela

La adaptación local puede generar mejoras funcionales potencialmente patentables, modelos de utilidad cuando proceda, nuevos diseños, programas, protocolos clínicos y de fabricación, manuales, bases de datos y know-how. Por ello, los acuerdos de cooperación deberían distinguir el conocimiento previo que aporta cada institución de los resultados obtenidos conjuntamente, determinar su titularidad y garantizar que las capacidades desarrolladas puedan continuar utilizándose en Venezuela con fines educativos, sanitarios y humanitarios.[14]

No siempre será conveniente publicar todas las mejoras sin restricciones: pueden existir datos clínicos, información confidencial o desarrollos que requieran protección. Sin embargo, cuando intervengan fondos públicos, universitarios o humanitarios, resulta razonable prever licencias no exclusivas para fines públicos, precios asequibles, fabricación nacional, continuidad del suministro, acceso a repuestos y reparación, y transferencia a más de un centro. La protección puede ser compatible con el acceso; lo importante es que sus condiciones se definan desde el comienzo.

La investigación tampoco debería comenzar preguntando qué producto se desea importar, sino qué necesidad humana debe resolverse. Por ejemplo: permitir que un niño continúe aprendiendo sin electricidad; proporcionar una férula ajustable y segura; sustituir una silla de ruedas que pueda repararse localmente; o facilitar la comunicación de una persona que perdió su dispositivo.

A partir de la necesidad pueden compararse varias soluciones de acuerdo con su evidencia, seguridad, costo, accesibilidad, consumo de energía, necesidad de conectividad, mantenimiento, disponibilidad de repuestos, posibilidad de fabricación local y situación jurídica.

Una propuesta para Venezuela: fichas tecnológicas para aprender y recuperar autonomía

La información disponible podría organizarse mediante fichas tecnológicas destinadas a necesidades concretas de la población afectada. Cada ficha debería contener, al menos:

  • La necesidad humana que se pretende atender.
  • Las tecnologías y soluciones localizadas.
  • La evidencia técnica, clínica o pedagógica disponible.
  • La población y las condiciones para las cuales fueron diseñadas.
  • Los requerimientos de energía, conectividad, operación y mantenimiento.
  • Los materiales, componentes y repuestos necesarios.
  • El grado de reparabilidad, la dependencia de proveedores y la posibilidad de sustituir componentes localmente.
  • Las normas técnicas o sanitarias aplicables.
  • La titularidad y procedencia de los archivos digitales.
  • La situación jurídica de las patentes, modelos de utilidad, diseños, programas, marcas o materiales educativos.
  • El tipo de licencia y las facultades concretamente concedidas.
  • Las posibilidades de transferencia de know-how, adaptación, fabricación, reparación y mejora local.
  • La trazabilidad de versiones y modificaciones.
  • La titularidad y condiciones de utilización de las adaptaciones desarrolladas en Venezuela.
  • Los riesgos, limitaciones y aspectos que todavía deben verificarse.
  • Las fuentes consultadas, la estrategia de búsqueda, el alcance de la revisión y la fecha de actualización.

Las primeras fichas podrían dedicarse a la continuidad educativa sin electricidad ni conexión estable; materiales educativos abiertos y accesibles; aulas temporales inclusivas; férulas y órtesis moldeables; dispositivos de movilidad reparables localmente; y tecnologías sencillas para la rehabilitación comunitaria.

No se trataría de recomendar productos ni de sustituir la evaluación de los profesionales competentes. Las fichas servirían para convertir información dispersa en conocimiento organizado que pueda respaldar decisiones, orientar búsquedas más profundas y facilitar la cooperación entre instituciones.

Podrían elaborarse mediante equipos interdisciplinarios integrados por educadores, médicos, rehabilitadores, terapeutas, ingenieros, especialistas en propiedad intelectual, universidades y organizaciones de personas con discapacidad. Las personas que utilizarán las soluciones también deben participar en su selección y evaluación: ninguna tecnología puede considerarse adecuada si desconoce su experiencia, su entorno y sus necesidades reales.

Reconstruir sin dejar el futuro para después

Una vivienda segura, el acceso al agua y la recuperación del entorno son condiciones esenciales para volver a vivir. Pero la reconstrucción permanece incompleta si los niños no pueden regresar a la escuela, si una persona lesionada no accede oportunamente a rehabilitación o si una ayuda técnica no puede repararse ni sustituirse.

México, Japón y Nepal muestran que la educación y la rehabilitación no deben quedar para una etapa posterior. Bracing Venezuela demuestra que la cooperación universitaria, la fabricación distribuida y el conocimiento técnico pueden movilizarse con rapidez cuando existe una necesidad concreta. El desafío consiste en conseguir que esas respuestas no desaparezcan cuando termine la urgencia, sino que contribuyan a fortalecer las capacidades nacionales.

La propiedad intelectual puede ayudar a localizar conocimientos, esclarecer qué puede utilizarse, facilitar licencias, ordenar la transferencia tecnológica y promover adaptaciones responsables. Pero su aporte alcanza verdadero sentido solamente cuando ese conocimiento se convierte en una solución segura, accesible, mantenible y vinculada con las necesidades de las personas.

Reconstruir Venezuela también significa devolver la posibilidad de aprender, moverse, comunicarse y participar. Significa recuperar no solo lo que el terremoto destruyó, sino las capacidades necesarias para comprender, adaptar, reparar y mejorar las tecnologías sin tener que comenzar de cero.

_____///////_____//////______

[1] UNICEF México, Informe sobre la situación humanitaria de la infancia y la adolescencia a un año de los sismos de México (Ciudad de México: UNICEF, 2018), https://www.unicef.org/mexico/media/321/file/Informe%20a%20un%20a%C3%B1o%20de%20los%20sismos.pdf.

[2] UNESCO, The Great East Japan Earthquake and Tsunami: Key Lessons for the Education Sector (París: UNESCO, 2012), https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000216169.

[3] Asian Development Bank, “Five Years After the Nepal Earthquake: Building Back Better Schools for a Safer Future”, 24 de abril de 2020, https://www.adb.org/results/five-years-after-nepal-earthquake-building-back-better-schools-safer-future.

[4] UNESCO, “UNESCO Supports Member States to Leverage OER to Build Crisis-Resilient Learning Systems”, 5 de agosto de 2021, https://www.unesco.org/en/articles/unesco-supports-member-states-leverage-oer-build-crisis-resilient-learning-systems.

[5] Creative Commons, “About CC Licenses”, consultado el 3 de agosto de 2026, https://creativecommons.org/share-your-work/cclicenses/.

[6] World Health Organization, “Nepal—Nothing About Us Without Us: Advancing a Disability-Inclusive Emergency Response”, 20 de octubre de 2022, https://www.who.int/nepal/news/detail/20-10-2022-nepal-nothing-about-us-without-us-advancing-a-disability-inclusive-emergency-response.

[7] World Health Organization, Wheelchair Provision Guidelines (Ginebra: WHO, 2023), https://www.who.int/publications/i/item/9789240074521.

[8] World Health Organization y UNICEF, Global Report on Assistive Technology (Ginebra: WHO y UNICEF, 2022), https://www.unicef.org/media/120836/file/Global%20Report%20on%20Assistive%20Technology.pdf.

[9] University of Central Florida, “UCF Engineering Students 3D Print Orthopedic Devices to Assist Venezuelan Earthquake Survivors”, 17 de julio de 2026, https://www.ucf.edu/news/ucf-engineering-students-3d-print-orthopedic-devices-to-assist-venezuelan-earthquake-survivors/.

[10] World Intellectual Property Organization, “Frequently Asked Questions: Industrial Designs”, consultado el 3 de agosto de 2026, https://www.wipo.int/en/web/designs/faq-industrial-designs.

[11] World Intellectual Property Organization, “3D Printing and IP Law”, WIPO Magazine, febrero de 2017, https://www.wipo.int/en/web/wipo-magazine/articles/3d-printing-and-ip-law-39896.

[12] World Intellectual Property Organization, WIPO Technology Trends 2021: Assistive Technology (Ginebra: WIPO, 2021), https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/wipo_pub_1055_2021.pdf.

[13] World Intellectual Property Organization, Exchanging Value: Negotiating Technology Licensing Agreements—A Training Manual (Ginebra: WIPO, 2005), https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/licensing/906/wipo_pub_906.pdf.

[14] World Intellectual Property Organization, “Technology Transfer Agreements”, consultado el 3 de agosto de 2026, https://www.wipo.int/en/web/technology-transfer/agreements.